El servicio de Coordinación y apoyo Técnico de la Dirección General de Industria y Energía de la Comunidad de Valencia ha respondido a una cuestión presentada por el ICOG sobre la competencia de los geólogos para la realización y presentación de proyectos para obras subterráneas, en la misma línea que el Tribunal Supremo, diciendo que dicha competencia no es exclusiva para ninguna titulación específica: “en virtud de los principios de concurrencia competencial y libertad en la idoneidad asentados por la jurisprudencia del Tribunal Supremo debe concluirse que cualquier técnico titulado con formación bastante en la materia está habilitado para su firma” y “son criterios estrictamente técnicos los que deben emplearse para determinar si la formación que ostentan los citados geólogos es suficiente y adecuada para la realización y presentación de proyectos de obras subterráneas”. De lo que se deduce que no es posible rechazar de entrada la firma de geólogos en proyectos de obras subterráneas y habrá que analizar la experiencia concreta del solicitante para la obra concreta que se presente.